El Pago por Servicios Ambientales es un instrumento económico para la gestión ambiental, enfocado en ofrecer un reconocimiento económico, monetario o no, como contraprestación a las acciones que permitan el mantenimiento y generación de servicios ambientales, realizadas en áreas y ecosistemas ambientalmente estratégicos.Los recursos pueden ser públicos y privados.
El Decreto Ley 870 de 2017 reglamenta lo relacionado con el pago por servicios ambientales y define que son cuatro los elementos centrales que debe abordarse en cada proyecto de este tipo en el país:
Interesados en Servicios Ambientales, que son quienes reconocen de manera voluntaria o en el marco de una obligación asociada o impuesta por una autoridad ambiental, el pago por servicios ambientales.
Beneficiarios del incentivo. Referido a quienes reciben el pago por el costo de oportunidad de dejar de desarrollar actividades económicas en los predios objeto de preservación y restauración.
Acuerdo voluntario, que es el mecanismo utilizado para facilitar y formalizar los compromisos entre los interesados en los servicios ambientales y los beneficiarios del incentivo, para el desarrollo de acciones de preservación y restauración en áreas y ecosistemas estratégicos.
Valor del incentivo a reconocer. Se refiere a la cifra establecida que como reconocimiento al costo de oportunidad de dejar de desarrollar las actividades productivas representativas que se adelanten en las áreas y ecosistemas estratégicos.
En CONSGA somos pioneros al haber estructurado y gestionado la aprobación del primer proyecto de pago por servicios ambientales de captura de carbono, a ser financiado mediante el mecanismo de OBRAS POR IMPUESTOS.