El derecho a estar informados, participar y ser consultados que tienen los grupos étnicos reconocidos por el Estado en nuestro país cuando existan proyectos que les puedan generar algún impacto a sus condiciones de vida, tanto ambientales como culturales, se convierte cada día en un elemento lleno de retos y oportunidades.
Los procesos de consulta previa, aunque tienen un importante desarrollo normativo y jurisprudencial, hoy por hoy se desarrollan sin una metodología definida que implique tiempos precisos, procesos y resultados específicos, esto hace que este mecanismo de participación sea un reto para comunidades y empresas que desean desarrollar proyectos en territorios étnicos.
Lo anterior, implica acciones estratégicas que viabilicen el proceso, desde la preconsulta hasta la protocolización, este último es el paso clave para viabilizar el desarrollo de proyectos que generan impactos en territorios étnicos. La Consulta Previa se basa jurídicamente en el convenio 169 de la OIT, y cuenta con herramientas orientativas como las Directivas Presidenciales. Estos elementos jurídicos se garantizan en el ejercicio de la Consulta con la presencia de funcionarios del Ministerio del Interior, específicamente de la DANCP que es la autoridad nacional de consulta previa y con la participación del estado a través de por ejemplo la defensoría del pueblo.
En nuestra experiencia hemos podido adelantar procesos de consulta previa con diferentes comunidades étnicas, algunas tan significativas e importantes como el pueblo U’wa en el piedemonte llanero.
Es importante resalta que hemos orientado a empresas de diversos sectores para establecer elementos diferenciadores que permitan llevar a cabo el proceso de Consulta Previa con total garantía para las partes y con el firme propósito de alcanzar acuerdos que permitan la ejecución de los proyectos. Para CONSGA La gestión social, el trabajo con comunidades, y el relacionamiento permanente en territorio son acciones fundamentales en nuestra promesa de valor como consultores.